VACANTIS APOSTOLICAE SEDIS

"Quod si ex Ecclesiae voluntate et praescripto eadem aliquando fuerit necessaria ad valorem quoque." "Ipsum Suprema Nostra auctoritate nullum et irritum declaramus."

Mons. GAUME - ¿PARA QUÉ SIRVE EL PAPA? (IX)


Mons. Jean-Joseph Gaume


Lo conseguiremos, añadís; porque somos católicos desde el fondo de nuestro corazón; e incluso, sin halagarnos, más católicos que el Papa. Si pedimos la supresión de lo temporal, es para liberar lo espiritual, para hacer más libre al Papa y para devolver a la Iglesia a su perfección primitiva. Jesucristo nació en un establo; no poseía nada; declaró que su reino no es de este mundo.1 San Pedro sólo tenía su barca y su cayado. Los primeros Papas eran pobres como él. En lugar de palacios, vivían en las catacumbas. ¡Qué podría ser más bello que eso!


Todo esto es verdad. Pero también es cierto, siguiendo vuestras teorías clásicas sobre el origen de las sociedades, que hubo una época en la que los reyes vivían de bellotas como sus súbditos; donde sólo tenían chozas como palacios, sus pies descalzos como cortejo y únicamente su piel como manto real. ¡Qué podría ser mas perfecto! Comencemos, pues, por revivir en el siglo XIX este feliz estado de la santa naturaleza; luego nos ocuparemos de devolver a la Iglesia a lo que llamáis los días dorados de su perfección primitiva.


Mientras tanto, de la comparación que os complacéis en hacer del presente con el pasado, sacáis la conclusión que el expolio del Papa es legítimo, incluso útil. Sed coherentes y añadid a las letanías: San Mazzini, San Garibaldi, San Víctor Manuel, (revolucionarios, carbonarios y usurpadores de Roma) grandes bienhechores de la Iglesia, rogad por ella y por nosotros.

Vayamos al fondo del asunto. O creéis en vuestro "hermoso" razonamiento o no lo creéis. Si no lo creéis, ¿por qué lo hacéis? Si lo creéis, no sólo no sois católicos, sino que ni siquiera sois cristianos. Decís que lo temporal no es necesario ni útil para la Iglesia; que es incluso contrario a su perfección y un obstáculo a vuestra salvación. La Iglesia dice todo lo contrario. Entonces ella obviamente está equivocada. Si la Iglesia yerra, es el mismo Hijo de Dios el que yerra, Aquel que prometió estar todos los días durante los siglos, con Su Iglesia enseñante y activa.


Decimos la Iglesia, nótese con atención; porque os retamos a que nombréis un solo Papa que sea de vuestra opinión, o un solo Obispo verdaderamente Católico que no piense como el Papa. ¿Quiénes sois entonces para rebelaros contra tal autoridad y querer destruir el Papado, como Dios y los siglos lo han hecho? ¿Quiénes sois vosotros para acusar a la Iglesia de no haber comprendido las palabras y los ejemplos de su Fundador, o de haberlos despreciado vergonzosamente? ¿Quiénes sois para decirle al Vicario de Jesucristo: sabemos mejor que usted lo que le conviene a la religión y lo que no? ¿Qué espíritu os anima cuando os atrevéis a declarar al Padre del mundo cristiano testarudo, ingrato, incapaz de gobernar a sus gentes? ¿De dónde venís vosotros? ¿Quién os envía? Reformadores, ¿qué milagros acreditan vuestra misión? ¿Dónde está vuestro mandato? ¿Quién lo firma? Abajo las máscaras. Dejadnos ver vuestro rostro al menos una vez.

1. Es decir, no viene de este mundo regnum meum non est hinc. Obtiene su existencia, su legitimidad, su fuerza, no del derecho de conquista, de nacimiento o de elección, sino de Dios. Ego autem constitutus sum rex ab eo. ¿Por qué Nuestro Señor y Sus primeros Vicarios no ejercieron los derechos de realeza temporal? Esta pregunta nos llevaría demasiado lejos.

Continuará...


Giuseppe Mazzini y Giuseppe Garibaldi
Revolucionarios y Carbonarios


Rey Víctor Manuel II 
Usurpador de Roma y los Estados Pontificios

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Syllabus de S.S.Pío IX
Errores sobre el principado civil del Pontífice Romano.

LXXV. Los hijos de la Iglesia cristiana y católica disputan entre sí sobre la incompatibilidad del reinado temporal con el poder espiritual.
(L. A. Ad apostolice, de 22 de agosto de 1851.)


LXXVI. La derogación de la soberanía civil, que la Santa Sede viene poseyendo, serviria mucho á la libertad y á la dicha de la Iglesia.
(Aloc. Quibus quantisque, de 20 de abril de 1849.)

(N.B. Además de esos errores explícitamente señalados, otros muchos errores se hallan implícitamente condenados por la doctrina que se ha expuesto y sostenido sobre el principado civil, doctrina que todos los católicos deben profesar firmemente. Esta doctrina se halla claramente enseñada en la Alocución Quibus quantisque, de 20 de abril de 1849; en la Alocución Si semper antea, de 20 de mayo de 1850; en las Letras Apostólicas Cum catholica Ecclesia, de 26 de marzo de 1860; en la Alocución Novos, de 28 de setiembre de 1860; en la Alocución Jamdudum, de 18 de marzo de 1861; en la Alocución Maxima quidem , de 9 de junio de 1862)

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