"La autoridad de los Obispos no es ni plena,
ni universal, ni soberana."
Roma locuta est , causa finita est.
Y aunque la autoridad de los Obispos no sea ni plena, ni universal, ni soberana, no debe mirárselos como a simples Vicarios de los Pontífices romanos, pues poseen una autoridad que les es propia, y llevan en toda verdad el nombre de Prelados ordinarios de los pueblos que gobiernan.
Pero como el sucesor de Pedro es único mientras que los de los Apóstoles son muy numerosos, conviene estudiar qué vínculos, según la constitución divina, unen á estos últimos al Pontífice Romano. Y desde luego la unión de los Obispos con el sucesor de Pedro es de una necesidad evidente y que no puede ofrecer la menor duda; pues si este vínculo se desata, el pueblo cristiano mismo no es más que una multitud que se disuelve y se disgrega, y no puede ya en modo alguno formar un solo cuerpo y un solo rebaño. «La salud de la Iglesia depende de la dignidad del soberano sacerdote: si no se atribuye à éste un poder aparte y sobre todos los demás poderes, habrá en la Iglesia tantos cismas como sacerdotes»
https://www.vatican.va/content/leo-xiii/es/encyclicals/documents/hf_l-xiii_enc_29061896_satis-cognitum.html
https://pioxiivacantisapostolicaesedis.blogspot.com/search?q=Satis+Cognitum
QUE CITA BOLGENI,
ES EL DERECHO A VOTAR EN LOS CONCILIOS,
NO ES EL DERECHO DEL OBISPO A GOBERNAR UNIVERSALMENTE,
COMO LOS JANSENISTAS PRETENDÍAN
Y HOY LAS TURBAS DE CISMÁTICOS INVÁLIDOS THUCISTAS REPITEN.
INTERESANTE ESTUDIO SOBRE:
LA FALTA DE JURISDICCIÓN UNIVERSAL
EXTRAORDINARIAEN LOS APÓSTOLES.
(EN LA PÁGINA 34 ES COMO SI HABLARA A LOS ANÓMICOS ACTUALES)
La Voz De La Religión Época segunda Tomo IV: (1838)
Página 5 y siguientes.
"SOBRE LA POTESTAD QUE RECIBEN LOS OBISPOS EN VIRTUD DE SU ORDENACIÓN"
https://archive.org/details/la-falta-de-jurisdiccio-n-universal-de-los-apo-stoles
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