Johannes Ekar
Doctor en Teología del Derecho Canónico
Es necesario estar a la sentencia del Papa, aunque sea contra nosotros (10), sin que nadie pueda cambiar(1), a no ser que el Papa la haya dictado de modo que pueda ser modificada (2), ó haya alguna facultad para variarla, ó que su sucesor crea conveniente alterarla. Es enteramente nulo el proceso instruido por un inferior en Pausa abocada ya al Papa (3).
(10) Glos. in can. In istis, dist. 4, Verb. Judicent.
(1) Can. Patet cum seq. 9, q. 3.
(2) Can. Apost. et can. Sententiam, 35, q. 9.
(3) Can. Ut nostra de appell.
Crónica del Concilio ecuménico del Vaticano
Tomo 1
1869
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