Rev. Francis De Zulueta, S. J.
“Letters on Christian Doctrine”.
4th ed. vol. III. London: Washbourne,
1915, pp. 58-59.
“Para que cualquier ministro pueda tener el derecho de gobernar y ministrar a los hombres en materias espirituales al día presente, es esencial que hubiera recibido este derecho últimamente de parte de la Fuente y el Origen de todo poder espiritual - el Divino Pastor, Cristo Nuestro Señor. Como dijo Nuestro Señor, cuando envió a Sus Apóstoles: “Todo poder está dado a Mí en el cielo y en la tierra. Id, pues, enseñad a todas las naciones, bautizándolas,” etc (Mt. 28, 18). Este derecho, por lo tanto, solamente puede alcanzar al pretendido ministro siendo transmitido a él personalmente por Cristo por medio de los Apóstoles, y a través de su sucesor debidamente designado, al día de la fecha.
“Cómo pueden predicar a menos que hayan sido enviados?” (Rm. 10, 15). Además - y este es el punto principal - en cuanto que los hombres necesitan distinguir al enviado genuino de Cristo del espurio, el hecho de esta transmisión de autoridad debe ser un hecho visible y tangible, capaz de ser investigado y probado. Por lo tanto, el proceso por el cual el supuesto ministro de hoy ha recibido personalmente el derecho que afirma haber sido transmitido debe ser susceptible de prueba inteligible a partir de hechos apreciables. El derecho de guiar mi preciosa, inmortal alma entre los bajíos engañosos de esta vida, reclamado por el Rev. Tal y tal, debe descansar no meramente sobre el hecho de que se viste como clérigo, funciona como clérigo en algún edificio que parece eclesiástico, o en Hyde Park, o que afirma, o da por hecho, o interiormente siente que es enviado por Cristo. Su “experiencia espiritual” interna de un llamado y de una misión, si no es un engaño, posiblemente puede justificarlo en su conciencia para reclamar mi sumisión; pero, estando más allá de mi conocimiento, no será suficiente para que mi conciencia se rinda a ello. No; si estoy debidamente vivo con respecto a la seriedad de mi salvación, necesitaré más que todo esto: a saber, que el hombre delante de mí sea capaz de rastrear definitiva e inteligiblemente la genealogía de su oficio pastoral paso por paso de regreso hasta el Divino Pastor, la Cabeza Suprema e Invisible de la Iglesia Cristiana, de quien toda jurisdicción espiritual debe fluir hacia Sus ministros en la tierra”.
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