VACANTIS APOSTOLICAE SEDIS

"Quod si ex Ecclesiae voluntate et praescripto eadem aliquando fuerit necessaria ad valorem quoque." "Ipsum Suprema Nostra auctoritate nullum et irritum declaramus."

ESTERILIZACIÓN EUGENÉSICA

S.S. Pío XII
Discurso a los participantes en la 1ª Reunión Internacional de Genética Médica
8 de septiembre de 1953
EXTRACTO
Actas Apostólicas volumen 45,  (1953) Páginas 596-607

Entre el número de medidas que lesionan la moralidad se cuenta el «racismo» y la «esterilización eugenésica».

Nuestro predecesor Pío XI y Nos mismo nos hemos visto obligados a declarar contraria a la ley natural no solamente la esterilización eugenésica, sino toda esterilización directa de un inocente, definitiva o temporal, del hombre o de la mujer.

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...Es un hecho de experiencia que las disposiciones naturales, buenas o defectuosas, influyen muy fuertemente sobre la educación del hombre y su conducta futura. Sin duda el cuerpo, con sus aptitudes y sus órganos, no es más que el instrumento, mientras que el alma es el artista que se sirve de este instrumento; sin duda, la habilidad del artista puede compensar a menudo el defecto del instrumento, pero se maneja mejor y más fácilmente un instrumento perfecto; y cuando su calidad desciende por debajo de un límite determinado se hace imposible absolutamente el utilizarlo, prescindiendo del hecho de que, por encima de toda comparación, el cuerpo y el alma, la materia y el espíritu, constituyen en el hombre una unidad sustancial.

Sin embargo, para continuar la aludida comparación, la genética enseña a comprender mejor el instrumento en su estructura y sus variaciones y a ponerlo en condiciones de jugar mejor papel. Observando la línea de un hombre, se puede, a condición de permanecer dentro de ciertos limites, establecer el diagnóstico de disposiciones que él ha recibido en su patrimonio y el pronóstico de los caracteres hereditarios, que se manifestarán como buenos, y, lo que es aún más importante, de aquellos también que arrastran una tara.

Por limitada que pueda ser la influencia directa sobre el patrimonio hereditario, la genética práctica no está reducida del todo al papel de espectador pasivo. La vida cotidiana muestra, desde luego, los efectos extremadamente perjudiciales de ciertas formas de obrar de los padres en la transmisión natural de la vida. Tales procedimientos, con las intoxicaciones y las infecciones que provocan, deben prohibirse en la medida de lo posible, y la genética busca e indica los medios de conseguir este fin. Sus conclusiones llegan en particular a las combinaciones de patrimonios de diversas líneas; señala las que es preciso favorecer, aquellas que se pueden tolerar y las que se deben desaconsejar desde el punto de vista de la genética y de la eugenesia.

MÉTODOS Y MEDIDAS CONDENABLES

La tendencia fundamental de la genética y de la eugenesia es influir en la transmisión de factores hereditarios para promover aquello que es bueno y eliminar lo nocivo; esta tendencia fundamental es irreprochable desde el punto de vista moral. Pero ciertos métodos para alcanzar el fin perseguido y ciertas medidas de protección, son moralmente discutibles, al igual que una estimación excesiva por los fines de la genética y de la eugenesia. Permitidnos citar las declaraciones de uno de los más importantes genetistas actuales; en una carta que acaba de dirigirnos, lamenta que, a pesar de sus enormes progresos, la genética, «desde el punto de vista técnico y analítico, se haya sumergido en múltiples errores doctrinales, tales como el racismo, el mutacionismo aplicado a la filogénesis, para explica en términos modernos el evolucionismo darwiniano, el control de los nacimientos de todos los tarados o presuntos tarados por medios preventivos o prácticas abortivas, la obligación del certificado prenupcial, etc.

En efecto, existen ciertas medidas de defensa genéticas y eugenésicas que el buen sentido moral, y la moral cristiana sobre todo, deben rechazar en los principios como en la práctica.

Entre el número de medidas que lesionan la moralidad se cuenta el «racismo» ya aludido, la «esterilización eugenésica». Nuestro predecesor Pio XI y Nos mismo nos hemos visto obligados a declarar contraria a la ley natural no solamente la esterilización eugenésica, sino toda esterilización directa de un inocente, definitiva o temporal, del hombre o de la mujer. Nuestra oposición a la esterilización era y permanece firme, porque a pesar del fin del «racismo» no se ha cesado de desear y de intentar suprimir por medio de la esterilización una descendencia cargada de enfermedades hereditarias.

Otro camino conduce al mismo fin: la «prohibición del matrimonio» o su imposibilidad física por el internamiento de aquellos cuya herencia está tarada, son igualmente rechazables. El objetivo perseguido es bueno en sí, pero el medio de conseguirlo lesiona el derecho personal a contraer y a usar del matrimonio. Cuando el portador de una tara hereditaria no es apto para conducirse humanamente ni, por consiguiente, para contraer matrimonio, o cuando más tarde se ha hecho incapaz de reivindicar por un acto libre el derecho adquirido por un matrimonio válido. se le puede impedir de una manera licita el procrear un nuevo ser. Fuera de estos casos, la prohibición del matrimonio y de las relaciones matrimoniales por motivos biológicos, genéticos y eugenésicos es una injusticia, cualquiera que sea aquel que imponga tal prohibición; es decir, ya sea un particular o los poderes públicos.

Existe ciertamente el derecho y, en la mayor parte de los casos, el deber de advertir a aquellos que son realmente portadores de una herencia muy tarada, de la carga que pueden hacer gravitar sobre sí mismos, sobre su cónyuge y sobre su descendencia; esta carga puede llegar a ser intolerable. Pero desaconsejar no es prohibir. Pueden existir otros motivos, sobre todo morales y de orden personal, de tal clase, que autoricen a contraer y a usar del matrimonio incluso en las indicadas circunstancias.

Para justificar la esterilización eugenésica di recta o la alternativa del internamiento se pretende que el derecho al matrimonio y a los actos que el mismo implica no se viola por la esterilización, incluso prenupcial, total y ciertamente definitiva. Este intento de justificación está condenado al fracaso. Si para un espíritu sensato el hecho en cuestión es dudoso, la incapacidad para el matrimonio es igualmente dudosa, y es entonces el momento de aplicar el principio de que el derecho de casarse persiste mientras lo contrario no se pruebe con certeza. Así, pues, en este caso, el matrimonio debe ser permitido; pero la cuestión de su validez objetiva queda abierta. Si, por el contrario, no subsiste ninguna duda sobre el hecho mencionado de la esterilización, es prematuro afirmar que el derecho al matrimonio no queda, a pesar de ello, puesto en cuestión, y en todo caso, esta aserción permite las más fundadas dudas.

CONDENA DE LAS PRÁCTICAS ABORTIVAS

Réstanos hablar de otras tentativas erróneas para evitar las taras hereditarias y que el texto citado llama «medios preventivos y prácticas abortivas». Estas no han de entrar en el problema de las indicaciones eugenésicas, porque son en sí mismas rechazables.
He aquí, señores, lo que queríamos decir.
Los principios prácticos que persigue la genética son nobles, dignos de ser reconocidos y alentados. Para la apreciación de los medios destinados a obtener estos fines es imprescindible el conocimiento, siempre consciente, de la diferencia fundamental entre el mundo vegetal y el animal, de una parte, y el hombre, de otra. En aquél, los medios de mejorar las especies y las razas están a su entera disposición En éste, por el contrario, en el mundo del hombre, nos hallamos siempre ante seres personales, ante hechos intangibles, ante individuos que, por su parte, están obligados por normas morales inflexibles cuando ejercen su aptitud para procrear. Así, el Creador mismo ha establecido en el terreno moral barreras que ningún poder humano puede sobrepasar.

Ojalá pueda vuestra ciencia encontrar en la moralidad pública y en el orden social un apoyo firme cuando se trata del matrimonio de hombres sanos y normales y de la vida matrimonial para poder en general desarrollarse fácil y libremente de acuerdo con las leyes que el Creador mismo ha escrito en el corazón del hombre y que Él ha confirmado por su Revelación. Sin duda encontraréis en ella los más preciosos socorros para vuestros esfuerzos, en pro de los cuales y sobre los cuales Nos deseamos e invocamos las más abundantes bendiciones de Dios.




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