VACANTIS APOSTOLICAE SEDIS

"Quod si ex Ecclesiae voluntate et praescripto eadem aliquando fuerit necessaria ad valorem quoque." "Ipsum Suprema Nostra auctoritate nullum et irritum declaramus."

LA IGLESIA NO CONDENA FORMA ALGUNA DE GOBIERNO, CON TAL QUE SEA APTA POR SÍ MISMA LA UTILIDAD DE LOS CIUDADANOS

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S.S. León XIII
Libertas

32. Ni está prohibido en sí mismo preferir para el Estado una forma de gobierno moderadamente popular, salva siempre la doctrina católica acerca del origen y ejercicio del poder público

la Iglesia no reprueba ninguna de las varias formas de gobierno, con tal que se adapten por sí mismas a procurar el bien de los ciudadanos

Pero exige, de acuerdo con la naturaleza, que cada una de esas formas quede establecida sin lesionar a nadie y, sobre todo, respetando íntegramente los derechos de la Iglesia.

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S.S.Pío XII
Benignitas et humanitas

Apenas es necesario recordar que, según las enseñanzas de la Iglesia,« no está prohibido en sí mismo preferir para el Estado una forma de gobierno moderadamente popular, salva siempre la doctrina católica acerca del origen y ejercicio del poder público», y que «la Iglesia no reprueba ninguna de las varias formas de gobierno, con tal que se adapten por sí mismas a procurar el bien de los ciudadanos »

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