VACANTIS APOSTOLICAE SEDIS

"Quod si ex Ecclesiae voluntate et praescripto eadem aliquando fuerit necessaria ad valorem quoque." "Ipsum Suprema Nostra auctoritate nullum et irritum declaramus."

PROFESIÓN DE FE DE S.S. SAN HORMISDAS

S.S. SAN HORMISDAS
"Fórmula de profesión de fe"
Añadida a la Carta "Inter ea",a los obispos de España, 2 de abril, 517

En la Sede Apostólica, en la cual está la unión íntegra y verdadera y perfecta de la religión cristiana

Principio de salvación es guardar la regla de la fe y en manera alguna desviarse de lo establecido por los Padres. Y porque no se puede olvidar la sentencia de Jesucristo que dice: "Tú eres Pedro y sobre esta piedra edificaré mi Iglesia", etc. (Mt. 16, 18). Lo dicho se confirma con los hechos, pues en la Sede Apostólica siempre se ha conservado sin mancha la religión católica. 

No queriendo por tanto en modo alguno separarnos de su esperanza y de su fe, y ajustándonos a las constituciones de los Padres, anatematizamos todas las herejías, principalmente al hereje Nestorio, que fue en otro tiempo obispo de la ciudad de Constantinopla y fue condenado en el Concilio Efesino por el bienaventurado Celestino, Papa de la ciudad de Roma y por el venerable obispo de la ciudad de Alejandria, Cirilo. Igualmente anatematizando a Eutiques y Dióscoro Alejandrino, condenados en el Santo Sinodo Calcedonense que seguimos y abrazamos, el cual siguiendo al Santo Concilio de Nicena predicó la fe apostólica; detestamos al parricida Timoteo, por sobrenombre Eluro, y a su discípulo y seguidor en todo Pedro de Alejandría. Condenamos también y anatematizamos a Acacio, en otro tiempo obispo Constantinopolitano, condenado por la Sede Apostólica, cómplice y seguidor de aquéllos, y a los que permanecieron en su comunión; porque Acacio, con razón mereció igual sentencia de condenación que la de aquellos con quienes comunicó. Sin embargo, condenamos a Pedro de Antioquía con sus secuaces y los de todos los suprascritos.

Recibimos, por el contrario, y aprobamos todas las cartas del bienaventurado papa León, que escribió acerca de la religión cristiana, como dijimos, siguiendo en todo a la Sede Apostólica, y predicando todas sus prescripciones. Y así espero vivir en una misma comunión con vosotros, la que predica la Sede Apostólica, en la cual está la unión íntegra y verdadera y perfecta de la religión cristiana: prometiendo para lo sucesivo acerca de los separados de la comunión de la Iglesia Católica, esto es, de los que no consienten con la Sede Apostólica, que sus nombres no han de recitarse durante los Sagrados Misterios. 

Y si en alguna cosa tratare de desviarme de esta profesión mía, afirmo que por mi sentencia me hago cómplice de aquellos a quienes condené. Y esta profesión mía la suscribí yo de mi mano, y la dirigí a ti, Hormisdas, santo y venerable papa de la ciudad de Roma.


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