VACANTIS APOSTOLICAE SEDIS

✠✠ "Sede Vacante Nihil Innovetur" ✠ "Ipsum Suprema Nostra auctoritate nullum et irritum declaramus" ✠ "Inferior non potest tollere legem superioris" ✠✠

COMO FUENTES DE ESTA JURISDICCIÓN, LA COMETIERON A TODOS LOS DEMÁS PRELADOS INFERIORES PRIVATIVAMENTE

D.D. Gomezii Bayo
AÑO 1627

A jurisdicción eclesiástica por la Ley Evangélica fue cometida y encomendada al bienaventurado San Pedro, como Vicario de Cristo y cabeza de toda la Iglesia Católica, y después de él a todos los demás Sumos Pontífices, sus sucesores. 

Y los Sumos Pontífices, como fuentes de esta jurisdicción eclesiástica, la cometieron a todos los demás Prelados inferiores privativamente.




"PRACTICA UNICA Y SINGULAR DE TODAS LAS CAUSAS CIVILES Y CRIMINALES".
Impreso en Salamanca, en casa de Antonia Ramírez, año 1627, pág. 6.
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