VACANTIS APOSTOLICAE SEDIS

"Quod si ex Ecclesiae voluntate et praescripto eadem aliquando fuerit necessaria ad valorem quoque." "Ipsum Suprema Nostra auctoritate nullum et irritum declaramus."

EXTREMAS NECESIDADES COMO HERÉTICAS Y CISMÁTICAS


S.S. Inocencio X

Con este motivo, y viéndose reducidos todos los Obispos de Portugal dentro y fuera de la península a uno solo, fueron repetidas las consultas que hizo este monarca y su reino a academias, universidades y a todo el clero de Francia, el cual se interpuso con una eficacísima súplica a los sumos Pontífices para que proveyesen los obispados por la presentación ó nómina regia del rey D. Juan de Portugal; pero sin tomar jamás en boca que los Obispos pudiesen hacerse independientemente del Papa.

Es verdad que no faltaron por ese tiempo algunas consultas, respuestas y memorias que afirmaban que en aquel caso de extrema necesidad se podían crear los Obispos por otros de Portugal, ó por un Patriarca que ellos eligiesen; y esta es la fuente donde han bebido sus doctrinas y argumentos los Pereiras y Cestaris (Jansenistas). Pero dentro del mismo Portugal fueron entonces censuradas estas doctrinas como heréticas y cismáticas, cuyo juicio confirmó Inocencio X por un breve que llenó de satisfacción y consuelo a todos los católicos. 


José Ignacio Moreno y Santistevan
Ensayo sobre la supremacía del Papa.
Volumen 3 de 3

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