VACANTIS APOSTOLICAE SEDIS

"Quod si ex Ecclesiae voluntate et praescripto eadem aliquando fuerit necessaria ad valorem quoque." "Ipsum Suprema Nostra auctoritate nullum et irritum declaramus."

SI ALGUNO SEGÚN LOS SANTOS PADRES NO CONFIESA

SAN MARTIN I, PAPA (649-354)

Concilio de Letrán, can. 17. 

Si alguno según los Santos Padres no confiesa con propiedad y según la verdad todas las cosas que han sido trasmitidas y predicadas a la santa Iglesia de Dios Católica y Apostólica, y por lo mismo por los Santos Padres y los cinco venerables concilios universales, hasta los últimos ápices, de palabra y pensamiento, sea condenado. 


En el Concilio de Letrán (a. 649), condenó el monotelismo, que establecía una sola voluntad en Jesucristo, y las leyes imperiales la "Ectesis" de Heraclio (a. 638) y el "Typo" de Constantino III (a. 648), en que se im- ponía silencio sobre la controversia, y aún se defendía 198el error en la primera de estas decisiones.-Texto: MANSI: 10, 1151-1162.-Cf. HEFELE-LECLERCQ: 3, 1, 317-336.


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