VACANTIS APOSTOLICAE SEDIS

"Quod si ex Ecclesiae voluntate et praescripto eadem aliquando fuerit necessaria ad valorem quoque." "Ipsum Suprema Nostra auctoritate nullum et irritum declaramus."

CON SAN PEDRO COMENZÓ EL APOSTOLADO Y EL EPISCOPADO EN CRISTO

 S.S. San Inocencio I
Comencemos, pues, con el auxilio del santo apóstol Pedro, por el cual comenzó el apostolado y el episcopado en Cristo....

S.S. INOCENCIO I, PAPA (402-417)  Es tal vez, antes de S. León M., quien más contribuyó a la organización práctica del Primado Romano. En él aparece con toda nitidez la conciencia de su autoridad suprema. Suele en sus Decretales exponer, por vía de introducción al texto, en vigoroso relieve, las verdades sobre el pontificado, y por eso se le citaba más tarde con preferencia. En 404, en la Carta que dirige a Victricio, obispo de Ruán, como también en alguna otra, insiste en la ley tradicional al hablar de las apelaciones a Roma.


Carta 2 (a Victricio)
1. Aunque tú, carísimo 59. Hermano, revestido como estás de la dignidad y honor del sacerdocio, en el que tanto brillas, conoces los preceptos todos del recto vivir y enseñar conforme a la eclesiástica disciplina, ni haya nada en la colección de libros sagrados que te parezca menos seleccionado, sin embargo, ya que me has pedido con gran insistencia las autorizadas leyes de la Sede Romana, deseando en gran manera complacerte, te envié junto con mi carta esos tratados ordenados de nuestras prácticas y costumbres aprobadas.
Por ellos conocerán nuestros pueblos a qué normas se han de ajustar como cristianos, cada uno según su profesión, y cuáles sean las costumbres de la Iglesia Romana. A tu Caridad, pues, incumbe presentar con toda diligencia a los pueblos y a los sacerdotes de las regiones cercanas este libro como maestro y admonitor, para que de esta suerte puedan conocer nuestras costumbres formar diligentemente conforme a ellas a los que se convierten a la fe.

2. Comencemos, pues, con el auxilio del santo apóstol Pedro, por el cual comenzó el apostolado y el episcopado en Cristo....

6. Si se presentase algún negocio de mayor monta, después del juicio del obispo, llévese la causa a la Sede Apostólica, según lo ordenó el concilio y lo manda la piadosa costumbre.


60. Carta 25 (a Decencio)
2.¿Quién no sabe o no cae en la cuenta de que aquello que ha sido legado por el príncipe de los Apóstoles, Pedro, a la Iglesia Romana y es conservado hasta el presente, se ha de guardar por todos, y que no se puede añadir ni introducir nada que no venga refrendado por su autoridad o que parezca remedo de otra parte? Sobre todo siendo claro a todas luces que nadie fundó iglesia alguna en Italia, Galia, España, África, Sicilia e islas mediterráneas, sino únicamente los ordenados por el apóstol S. Pedro o alguno de sus sucesores. Si no, que nos digan si se encuentra en esas provincias algún otro Apóstol que enseñara. Y si esto no se halla, es menester que observen lo que guarda la Iglesia Romana, de la cual no hay duda que ellos tomaron su origen, no sea que, atendiendo a aserciones extrañas, parezcan omitir lo capital de las instituciones.


61. Carta 30 (a los obispos del Concilio de Milevi), 
2. Con mucha oportunidad y diligencia consultáis los secretos del honor apostólico del honor digo de aquel a quien incumbe, además de otras cosas exteriores, la solicitud de todas las iglesias qué sentencia haya de seguirse en las cosas dudosas; siguiendo, en verdad, la forma de la regla antigua, que bien sabéis ha sido guardada conmigo siempre por todo el orbe.

EL PRIMADO ROMANO
José Madoz S.J.
1936

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