VACANTIS APOSTOLICAE SEDIS

"Quod si ex Ecclesiae voluntate et praescripto eadem aliquando fuerit necessaria ad valorem quoque." "Ipsum Suprema Nostra auctoritate nullum et irritum declaramus."

PORQUE EL CULTO DE DIOS Y LOS ACTOS RELIGIOSOS, QUE CONTIENE ESTE MANDAMIENTO, SON DE DERECHO NATURAL


S.S. San Pío V
Catecismo Romano del Concilio de Trento
En qué conviene este tercer Mandamiento con los otros nueve

Y conviene este Precepto con los demás, no en los ritos y ceremonias, sino en tener algo referente a la moral y al derecho natural. Porque el culto de Dios y los actos religiosos, que contiene este Mandamiento, son de derecho natural, puesto que indica la naturaleza que empleemos algún tiempo en las cosas pertenecientes al divino culto; y como prueba de esto es que vemos establecidas en todas las naciones algunas fiestas, y que estas son públicas, consagradas a la práctica de ciertas funciones sagradas y divinas. Pues es natural en el hombre dedicar algún tiempo para los actos precisos de las cosas temporales, como para el descanso del cuerpo, para el sueño y para otros actos semejantes; y como al cuerpo, por la misma razón natural, se concedió a también al alma algún tiempo para fortalecerse con la contemplación de Dios; y de este modo, siendo preciso que haya algún tiempo en que se celebren Sacrificios divinos y se dé el culto debido a Dios, esto, sin duda alguna, pertenece a los preceptos morales.



Catecismo Romano del Concilio de Trento
S.S. San Pío V

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