Escribiólo un doctor de la Sorbona,que murió mártir por la fe en el Carmen descalzo de París
en las matanzas del 2 de septiembre de 1792.
Trájolo á España el señor Obispo de la Rochela, diólo al partirse para su país á un religioso, de éste pasó á las manos de un eclesiástico secular que lo difundió en España.
BAJO EL NOMBRE DE LA CONSTITUCIÓN CIVIL DEL CLERO DE FRANCIA
Nuncio de S.S.Pío VII en España
Anne Antoine Jules de Clermont Tonnerre
Obispo de Chalons
Carta Pastoral del 15 de diciembre de 1790
https://archive.org/details/lettrepastoraled00cler/page/6/mode/1up
¿No es entonces un dogma católico que la necesidad de la institución canónica tiene
una y única forma que prescribe la Iglesia?
¿No es, pues, un dogma ético la superioridad de los Obispos sobre los Ministros inferiores?
¿No es un dogma católico el derecho exclusivo de los primeros Pastores la enseñanza y ejercicio de la jurisdicción espiritual?
¿No es un dogma católico que el primado ejercido por derecho divino por el sucesor de San Pedro, primado que no es un honor vano, sino un verdadero título de supervisión y de gobierno que lo coloca así en la cima de la jerarquía,sólo para conviértelo en moderador supremo
de la Iglesia universal?
Sin embargo, ¿qué hace la nueva organización del Clero?: Nombra automáticamente a los Vicarios del Episcopado; transfiere arbitrariamente jurisdicción espiritual a quienes no la tienen, y les quita a quienes la Iglesia ya ha investido de ella...
https://archive.org/details/lettrepastoraled00cler/page/6/mode/1up
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https://archive.org/details/el-concilio-ecumenico-del-vaticano/page/66/mode/2up
sólo él puede canónica y legítimamente instituir un Obispo.
Es un dogma católico, decía un célebre Prelado que para ser pastor legítimo hay que tener una misión canónica, y sólo al Sumo Pontífice es á quien compete la primacía de jurisdicción por derecho divino;
sólo él puede dar la institución canónica & los Arzobispos y Obispos,
de donde se deduce que todo Prelado que tomara su misión en otra parte,
no sería más que un intruso.